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Cada vez más médicos optan por ejercer su actividad privada a través de una sociedad mercantil, especialmente una sociedad profesional unipersonal. Esta figura permite al médico operar como empresa sin perder el control total de su actividad profesional, con beneficios tanto fiscales como organizativos. Pero, además, elegir la forma jurídica adecuada puede marcar la diferencia en cuanto a protección aseguradora.
En este artículo te explicamos qué es una sociedad profesional unipersonal, cuándo conviene constituirla y cómo protegerla correctamente mediante tu póliza de responsabilidad civil sanitaria.
Una sociedad profesional unipersonal es una sociedad mercantil (habitualmente de tipo limitada) formada por un único socio profesional, que ejerce su actividad exclusivamente como médico. Está regulada por la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, y presenta las siguientes características:
Esta figura permite que el médico ejerza su profesión como empresa, sin otros socios y manteniendo el control total de su actividad.
Aunque a nivel mercantil ambas figuras pueden parecer similares, existe una diferencia fundamental:
Esta diferencia no es solo formal. Tiene implicaciones en:
Esta fórmula es recomendable si desarrollas una actividad privada estable, como consultas, segundas opiniones o docencia médica. Sus principales ventajas son:
Sí. La sociedad profesional, aunque seas el único socio, responde frente a terceros de los daños derivados de su actividad. Por tanto, debe estar protegida mediante un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra los actos realizados en su nombre.
Ahora bien, aquí aparece un aspecto clave:Si el ejercicio profesional lo realiza exclusivamente el propio médico asegurado (sin empleados sanitarios ni socios), algunas aseguradoras permiten extender la cobertura de la póliza individual a la sociedad profesional unipersonal sin coste adicional.
En nuestra correduría, contamos con acuerdos con aseguradoras especializadas que permiten, en determinados casos, incluir gratuitamente la sociedad profesional unipersonal en la póliza individual del médico, siempre que se cumplan estas condiciones:
Este matiz jurídico es fundamental:
👉 Si trabajas mediante una sociedad limitada unipersonal no profesional, esta cobertura adicional no será posible y la sociedad deberá contratar un seguro independiente.
En ese caso, no estarías ejerciendo mediante una sociedad profesional unipersonal. Lo habitual es constituir una sociedad limitada convencional, ya que intervienen otros médicos, empleados sanitarios o socios no profesionales.
En estas situaciones:
Ambas pólizas son complementarias y necesarias para proteger tanto la actividad de la empresa como la tuya como médico.
Muchos médicos ejercen mediante sociedades limitadas convencionales sin saber que no tienen reconocida la condición de sociedad profesional. Si es tu caso, podrías estar gestionando tu negocio con menos eficiencia legal, fiscal y aseguradora.
En nuestra correduría podemos ayudarte a:
Constituir una sociedad profesional unipersonal es una opción eficiente para médicos que ejercen su actividad privada de forma estable. Además, elegir esta forma jurídica puede permitirte proteger tanto tu actividad personal como la propia sociedad sin asumir sobrecostes innecesarios.
En Barón RC Sanitaria, como correduría especializada en seguros de responsabilidad civil sanitaria, trabajamos con aseguradoras que permiten incluir tu sociedad profesional unipersonal dentro de tu póliza personal sin coste adicional cuando ejerces exclusivamente como médico.
¿No tienes claro si tu sociedad está bien constituida o correctamente asegurada? Contáctanos y te asesoraremos sin compromiso.