Ilustración de una célula siendo manipulada por una herramienta médica.

Responsabilidad Civil Centros de Reproducción Asistida

¿Qué es un Seguro de Responsabilidad Civil para Centros de Reproducción Asistida?

Los centros de reproducción asistida, cuentan con un seguro de Responsabilidad Civil específico. Es diferente de cualquier centro hospitalario, residencias de mayores o cualquier establecimiento sanitario donde se realicen cirugías e internamientos, que contratan un Seguro de RC para Centros Médicos.

Es imprescindible que los centros que dedican su actividad a la reproducción asistida, estén respaldados por un seguro. Esto hará que, en caso de ser necesario, no tengan que hacer frente a las grandes reclamaciones que pueden derivarse de daños y perjuicios causados involuntariamente a clientes y terceros.

¿Tienen obligación los Centros de Reproducción Asistida de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil?

Tal y como establece la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en la modalidad de sanidad privada y mixta, es obligatorio que los Centros de Reproducción Asistida cuenten con un Seguro de Responsabilidad Civil.

De ésta forma, se garantiza la Responsabilidad Civil que directa, solidaria o subsidiariamente se le pueda imputar al Asegurado derivada de daños causados a clientes en el desarrollo de su actividad médico-hospitalaria.

¿Qué cubre un Seguro de RC para Centros de Reproducción Asistida?

El objeto del seguro es la Responsabilidad Civil Profesional que directa, solidaria o subsidiariamente pueda derivarse  como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a clientes o terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en la póliza.

En las Condiciones Particulares de la póliza se especifican las garantías. Normalmente suelen ser:

  • La Responsabilidad Civil directamente exigible al Centro Asegurado en el desarrollo y ejercicio de los cometidos propios de su actividad.
  • El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la Responsabilidad Civil.
  • El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer la compañía y el importe total de la responsabilidad en el siniestro.
  • La constitución de fianzas judiciales exigidas para garantizar su responsabilidad.

Coberturas

Este seguro tiene cobertura de Responsabilidad Profesional, asegurando:

  • La actuación profesional de los Médicos, Diplomados Universitarios en Enfermería (D.U.E), Ayudantes Técnicos Sanitarios (A.T.S) y demás personal sanitario que esté vinculado con el centro.
  • Los inmuebles, elementos, instalaciones y aparatos destinados al ejercicio de la actividad médico-hospitalaria
  • La actuación de médicos que sustituyan a los médicos titulares empleados del establecimiento sanitario asegurado, siempre que dicha sustitución sea debida a enfermedad o vacaciones.
  • La administración de productos farmacéuticos, vacunas y prótesis, siempre que los mismos se encuentren autorizados por el organismo oficial competente en la materia.
  • Los daños causados a personas sometidas a exploración o tratamiento terapéutico con ocasión del uso o empleo de aparatos, equipos o utillajes propios de la actividad médico-sanitaria del Asegurado, y de los cuales sea propietario.
  • La actuación sanitaria en el ámbito propio de la atención domiciliaria y del traslado de enfermos.
  • La asistencia prestada con carácter de ayuda humanitaria.
  • La devolución de honorarios percibidos directamente por el asegurado, siempre y cuando sea establecida dicha devolución y el importe de la misma por sentencia firme como parte integrante de la indemnización por un hecho cubierto en póliza.
  • Daños morales siempre y cuando sea establecido y fijados por sentencia firme.
  • El contagio o inoculación de VHC o VIH, así como los llamados riesgos de desarrollo, por errores o negligencias siempre que se hayan realizado las pruebas analíticas legalmente obligadas.
  • Incumplimiento, por parte del Asegurado, de la obligación de obtener el consentimiento del paciente en los términos establecidos en la ley 41/2002, siempre que no se trate de un incumplimiento intencionado y reiterado.

Coberturas complementarias

Además, el centro tiene opción a contratar cobertura de Daños Estéticos, amparando las reclamaciones por daños meramente estéticos por no haber obtenido la finalidad propuesta en la operación o tratamiento.

Se puede completar la póliza con una cobertura para la Especialidad de Medicina Natural y/o alternativas. Cubriendo las posibles reclamaciones como consecuencia de la realización de tratamientos o terapias de medicina no convencional o medicina alternativa.


En caso de accidente que afecte a los pre-embriones crioconservados, se abonará, a las parejas cuyos embriones hayan sido afectados, el importe correspondiente a los gastos que se le hubieran producido para la obtención de los mismos, previa su acreditación correspondiente.

También, en caso de accidente que afecte a los gametos, se abonará, al donante cuyo gameto haya sido afectado, el importe correspondiente a los gastos que se le hubiera producido para la obtención del mismo, previa su acreditación correspondiente.

Por otra parte, se garantiza la Responsabilidad Civil que directa, solidaria o subsidiariamente se le pueda imputar al asegurado, derivada de la explotación del centro. Es decir, cuenta con cobertura de Responsabilidad Civil Explotación.

Incluida también la Garantía de Responsabilidad Civil Locativa. El seguro tiene cobertura en la Responsabilidad Civil derivada de la propiedad, arrendamiento o usufructo de los inmuebles que utilice el Asegurado para desarrollar su actividad.

Además, garantía de Intoxicaciones Alimentarias; garantía de Responsabilidad Civil de Explotación de las Instalaciones Radioactivas; recuperación de archivos digitales; garantía de Contaminación Accidental; cobertura de Responsabilidad Civil Patronal; cobertura de Seguro de Pérdidas económicas derivadas de Inhabilitación Profesional o suspensión de empleo y sueldo y cobertura de Responsabilidad Civil derivada de Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.


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