Médico en quirófano con equipo de protección y una jeringa en la mano.

¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para anestesia y reanimación?

¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para anestesia y reanimación?

¿Cuándo es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para anestesia y reanimación?

Es absolutamente obligatorio contar con un seguro de Responsabilidad Civil para profesionales sanitarios cuando estos ejerzan en el ámbito de la asistencia privada, tal y como reza el artículo 46 de la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias. No solo eso, sino que cualquier profesional que ejerza la medicina, ya sea en el ámbito privado o en el ámbito público, deberá contar con un seguro de Responsabilidad Civil, de forma que si no lo hubiera suscrito no podrá ejercer la medicina. No obstante, aquellos anestesistas que ejercen en el ámbito público no necesitan suscribir un seguro de Responsabilidad Civil individual, ya que los hospitales tienen contratado un seguro de responsabilidad civil colectiva que incluye a todos los profesionales que trabajen en el mismo.

Aunque es la Ley 44/2003 la que establece que los profesionales sanitarios solo podrán ejercer la medicina cuando cuenten con un seguro de Responsabilidad Civil, las comunidades autónomas podrán, dentro de sus competencias, determinar las condiciones del aseguramiento.

En cualquier caso, está claro que un anestesista que ejerza en el ámbito privado, en su propia clínica o a título individual en otra, necesitará contratar un buen seguro de Responsabilidad Civil que cubra las indemnizaciones consecuencia de los daños que se puedan producir en el ejercicio de sus funciones como anestesistas.