Condena de 250.000 euros por una incorrecta extirpación de útero
La sentencia aprecia también que el consentimiento informado fue defectuoso
El juzgado contencioso administrativo número 9 de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) a pagar 249.964 euros por los errores cometidos durante una extirpación de útero en diciembre de 2008. La paciente, de 41 años cuando se sometió a la operación, que se llevó a cabo por la presencia de tumores benignos en el útero que le provocaban molestias y trastornos en su ciclo menstrual. La sentencia considera probado que la intervención "deficiente" ocasionó diversas lesiones a la mujer, que se podrían haber reparado en caso de que se hubiera producido un diagnóstico a tiempo.
La excesiva y continuada presión ejercida durante la operación ocasionó un daño en el nervio iliohipogástrico y, pese a aparecer los síntomas de lesión, los servicios médicos que la atendieron no la remitieron a ningún servicio neurológico que encarara la rehabilitación necesaria, lo que acabó por consolidar la lesión.
Por ello, la mujer se encuentra ahora "en situación de invalidez absoluta", con necesidad de tratamiento continuado contra el dolor, con la ingesta de analgésicos diarios, y el consiguiente daño laboral, personal y emocional. La sentencia aprecia también que el consentimiento informado fue defectuoso, dado que la mujer desconocía los posibles efectos secundarios de su operación y las alternativas quirúrgicas de las que disponía, lo que también dificultó que esta identificara el origen de sus dolores.
"Ni un solo profesional del hospital de Palamós que trató a la paciente fue capaz de advertir la posibilidad de que la lesión neurológica estuviera en el origen de los continuos dolores" que la mujer sufría, incluso meses después de la intervención.
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