Sociedad profesional médica

Cómo constituir una sociedad profesional médica: guía completa para médicos y clínicas

Cada vez más médicos optan por ejercer su actividad privada mediante una sociedad mercantil. La sociedad profesional médica, regulada por la Ley 2/2007, es la figura jurídica específica para ello. Esta opción no solo es útil para proteger el patrimonio personal o mejorar la fiscalidad, sino también para profesionalizar la gestión de una clínica o consulta.

Tanto si eres un médico que trabaja en solitario como si quieres asociarte con otros profesionales sanitarios, entender cómo funciona una sociedad profesional es clave para gestionar tu actividad de forma segura y eficiente. En esta guía te explicamos cuándo conviene crear una sociedad, qué tipos existen y cuáles son los pasos prácticos para constituirla.

¿Qué es una sociedad profesional médica?

Una sociedad profesional es una empresa constituida específicamente para el ejercicio de profesiones colegiadas, como la medicina. Su objetivo exclusivo es prestar servicios profesionales sanitarios.

Esta figura jurídica está regulada por la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, que establece que los socios deben ser profesionales colegiados y la sociedad debe inscribirse en el colegio profesional correspondiente. A diferencia de las sociedades limitadas o anónimas convencionales, que pueden dedicarse a cualquier actividad mercantil, las sociedades profesionales tienen un objeto social exclusivo: el ejercicio de la actividad médica.

Puede estar formada por un único médico (sociedad profesional unipersonal) o por varios profesionales que se asocian para ejercer conjuntamente.

¿Cuándo interesa constituir una sociedad profesional?

Los casos más habituales en los que un médico se plantea constituir una sociedad profesional son:

  • Cuando desea organizar su actividad privada como empresa, gestionando su facturación y gastos de forma profesional.
  • Al iniciar un proyecto conjunto con otros médicos, compartiendo infraestructura y riesgos.
  • Para abrir una clínica o consulta donde colaboren varios profesionales sanitarios.
  • Cuando busca limitar su responsabilidad patrimonial ante posibles reclamaciones.
  • Si quiere optimizar fiscalmente sus ingresos profesionales, en función del volumen de facturación.

Crear una sociedad no es solo una cuestión administrativa: es una decisión estratégica para proteger tu ejercicio y profesionalizar tu gestión.

Tipos de sociedad profesional

En el ámbito médico, lo más habitual es constituir una sociedad limitada profesional (SLP), aunque también puede optarse por una sociedad anónima profesional si se prevé una estructura de socios más amplia. En cualquier caso, la sociedad debe adaptarse a la Ley 2/2007 y cumplir las siguientes condiciones:

  • El objeto social exclusivo debe ser la prestación de servicios médicos.
  • Los socios deben ser profesionales colegiados.
  • La mayoría del capital social y de los derechos de voto debe pertenecer a los profesionales sanitarios.
  • La sociedad debe inscribirse en el Registro Mercantil y en el Colegio Oficial de Médicos correspondiente.

Esto permite acreditar el carácter profesional de la sociedad, facilitando su identificación y regulación frente a pacientes, organismos públicos y entidades aseguradoras.

Pasos para constituir una sociedad profesional médica

Aunque el proceso es sencillo, es recomendable contar con asesoramiento jurídico y fiscal especializado. Los pasos habituales son:

  1. Elección de la forma societaria y definición del objeto social. Lo más común es optar por una sociedad limitada profesional. Los estatutos deben reflejar claramente que el objeto exclusivo es el ejercicio de la medicina.
  2. Redacción de los estatutos. En ellos se deben definir las normas de funcionamiento, los derechos y obligaciones de los socios, y la forma en la que la sociedad asumirá su responsabilidad profesional.
  3. Otorgamiento de escritura pública. Es necesario acudir a notaría para constituir formalmente la sociedad. En este acto se aportará el capital social mínimo y se designará el administrador.
  4. Inscripción en el Registro Mercantil. La sociedad adquiere personalidad jurídica propia al inscribirse en el registro.
  5. Inscripción en el Colegio Profesional. A diferencia de las sociedades mercantiles ordinarias, una sociedad profesional debe estar inscrita en el Colegio Oficial de Médicos.
  6. Obtención del CIF y alta censal. Una vez registrada, la sociedad debe solicitar su NIF y formalizar su alta ante Hacienda.
  7. Contratación de un seguro de responsabilidad civil profesional. La sociedad, como persona jurídica, debe estar asegurada frente a las reclamaciones derivadas de su actividad sanitaria.
  8. Gestión contable y fiscal. Como cualquier empresa, la sociedad deberá cumplir con sus obligaciones tributarias (impuesto de sociedades, IVA, IRPF, etc.) y contables (libros contables, cuentas anuales).

¿Es obligatorio asegurar la sociedad profesional?

Sí. La sociedad responde frente a terceros (pacientes) por los daños derivados de su actividad médica. Por ello, es necesario contratar un seguro de responsabilidad civil profesional para sociedades y clínicas que cubra a la propia sociedad.

¿Qué pasa si quiero abrir una clínica con otros médicos?

En este caso, deberás constituir una sociedad profesional con varios socios. Todos ellos deben ser médicos colegiados, salvo que optes por una sociedad mercantil ordinaria si no se presta atención sanitaria directa (por ejemplo, una sociedad que alquile el espacio sin prestar servicios sanitarios directamente).

Si el objeto social es la prestación de servicios médicos, la sociedad debe tener forma de sociedad profesional y cumplir las obligaciones asociadas:

La clínica responderá como persona jurídica, pero cada médico también será responsable de sus propios actos asistenciales.

¿Y si trabajo en solitario?

Si trabajas solo, puedes ejercer como autónomo o mediante una sociedad profesional unipersonal. Esta segunda opción es recomendable cuando:

  • Gestionas una consulta con facturación estable.
  • Quieres separar tu actividad profesional de tu patrimonio personal.
  • Buscas optimizar fiscalmente tus ingresos.

En estos casos, es posible conseguir una poliza para la sociedad sin coste adicional con tu póliza de responsabilidad civil profesional, siempre que cumplas las condiciones específicas que podemos analizar desde RC Sanitaria.

Conclusión: protege tu sociedad profesional desde el inicio

Constituir una sociedad profesional médica es mucho más que un trámite burocrático: es una decisión estratégica para proteger tu patrimonio, organizar tu actividad y ejercer con mayor seguridad.

Si estás pensando en iniciar tu consulta, asociarte con otros médicos o abrir una clínica, recuerda que tanto la sociedad como los profesionales que trabajan en ella deben estar debidamente asegurados.

En RC Sanitaria, como correduría especializada en médicos y clínicas, te asesoramos para:

  • Revisar si tu sociedad debe constituirse como profesional.
  • Diseñar un plan de seguros adaptado a tu situación.Proteger tanto tu sociedad como tu actividad profesional desde el primer día.

Contacta con nosotros y recibe asesoramiento sin compromiso.

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