Edificio moderno de Sescam iluminado por la noche.

Condenan al SESCAM por mala praxis

Negligencia por mala praxis según los peritos

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo condena al SESCAM por mala praxis y lo obliga a pagar una indemnización de 200.000 euros.

Una mujer, que ahora tiene 52 años, fue tratada de un cáncer que no padecía.

Por culpa de un diagnóstico equivocado, se le practicaron cirugías en las que se le extirpó el útero, la trompa de Falopio, el ovario izquierdo, así como partes del colon y el recto.

En declaraciones al Confidencial de Ciudad Real, el abogado de la defensa, José Manuel Morales del bufete Dámaso de Puertollano, relata que los hechos se remontan al mes de abril del 2014; cuando la paciente ingresa al hospital con un proceso asmático. Como parte de las pruebas diagnósticas que se le practicaron, se realizó un TAC torácico que reveló una dilatación anormal en el riñón izquierdo (dilatación pielocalicial). Para profundizar en la exploración se le practica un nuevo TAC abdomino-pélvico, el TAC detecta una masa que podría corresponderse con un carcinoma de cérvix, que infiltra muchas estructuras y órganos abdominales.

Las pruebas discordantes

Debido a esa detección se le practica a continuación, un nuevo TAC y una resonancia magnética. Ambas pruebas demostrarían la presencia de una masa pélvica que afectaba al cuello uterino, la vagina, tejidos parametriales y los dos uréteres.

A fin de averiguar si la formación tenía un origen ginecológico o del colon, se realizó a la paciente una colonoscopia.

La colonoscopia no arrojó pruebas de presencia cancerígena ni en el colon ni en el recto.

Según explica el letrado en sus declaraciones, el día 11 de abril se le realiza una prueba citológica en la que no se encuentran hallazgos cancerígenos, con lo que se encontraban ante un tumor benigno.

Los doctores se encontraban ante una discordancia de pruebas, por ello el doctor responsable decidió que el cirujano digestivo estuviera presente durante la cirugía.

La paciente fue intervenida el 27 de mayo por la técnica de laparoscopia explorativa.

En la intervención se tomaron muestras de la masa pélvica y se practicó una biopsia, de resultado falso positivo (informando de una tumoración pélvica). Más información sobre falsos positivos.

El cirujano digestivo, a la luz de estas pruebas decidió colocar un catéter en el uréter izquierdo y practicar la extirpación del útero y el ovario izquierdo, así como la parte final del colon y del recto. Realizándose una colostomía, que según los peritos de la defensa, es irreversible.

Con posterioridad a la realización de la intervención quirúrgica, los facultativos recibieron los resultados de las pruebas de Anatomía Patológica, en la que se comprobaba que no había células cancerígenas en los tejidos analizados.

Por tanto, la intervención no había sido necesaria.

Indemnización de más de 400.500 euros.

El abogado defensor José Manuel Morales recalca: "Fue tratada de un  cáncer que nunca padeció con una cirugía muy invasiva".
Y pidió judicialmente una indemnización para su defendida de 400.500€.

Conclusión del perito judicial

El perito judicial concluye que se está ante una mala praxis por parte de los facultativos del SESCAM.

En lugar de extirpar, hubiera sido conveniente que los médicos, ante las discordancias de las pruebas, tomaran una muestra transrectal.

También, recalca el peritaje, que podrían haberse tomado de forma individual las imágenes del TAC y la resonancia magnética; si es que se sospechaba de que a pesar de las biopsias negativas de un tumor ginecológico, existía la posibilidad de un cáncer de colon.

Sin embargo el peritaje considera que la colostomía practicada a la paciente es reversible y ha rebajado la indemnización a 200.000€.

Fuente: El digital de Albacete